El ex secretario fue condenado por violar la Ley de Bosques
En estos últimos días condenaron al ex-secretario de Ambiente de la Provincia de Córdoba, Raúl Costa, a tres años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo. Costa, fue hallado culpable por el delito de «abuso de autoridad reiterada» por el jurado popular de la Cámara 10 del Crimen de la ciudad de Córdoba. Sobre su figura recayó esta condena de prisión condicional por haber autorizado dos emprendimientos en San Antonio de Arredondo en un sitio considerado como «zona roja» según la Ley de Bosques: uno de carácter inmobiliario –El Dorado 2– y el otro correspondiente a una subestación eléctrica de EPEC.
Esta fue la primera vez en la historia de Córdoba que un secretario de Ambiente de la Provincia de Córdoba fue llevado a juicio. La denuncia a Costa la realiza Juan Carlos Ferrero, integrante de ADARSA (Asociación Amigos del Río San Antonio) por “abuso de autoridad” e “incumplimiento de deberes de funcionario público”, al haber autorizado un emprendimiento inmobiliario de GAMA y una estación transformadora de EPEC en zonas protegidas, violando la normativa vigente. Pasaron casi once años desde que se presentó la denuncia, hasta que por fin se concretó el juicio. Días atrás de esta condena, en Panorama por Radio Panamericana conversamos con la abogada Marcela Fernández.
Sobre lo que fueron los detalles en el inicio del juicio a Costa, la abogada comentó: “Básicamente acá se analiza una cuestión muy técnica, que fue esta autorización, si estuvo ajustada o no a las normas vigentes. Y bueno el fundamento de esas autorizaciones essi estuvo dentro o no de la Ley de Bosques, que es lo que se viene discutiendo. Y bueno de la participación ciudadana, si era facultativa la audiencia, se va a discutir todo eso que es lo que va a fundar o no, si esta autorización fue legal o no”.
Sobre su parecer por este juicio, Fernández compartió su mirada y comentó: “El grado de destrucción de sus bosques y demás, sumado a la impunidad con la que se venía manejando el gobierno parecía imposible. Pero bueno algún fiscal alguna vez parece que se hizo eco. En este caso era el fiscal Amayusco, el titular de la Fiscalía Anticorrupción, la del fuero Penal Económico, de la ciudad de Córdoba, que es la que está creada para investigar los delitos que cometen los funcionarios públicos. Esa investigación fue sostenida por varios años, aportándole documentos de prueba, documental, a veces sin mucha esperanza, lo tengo que reconocer. Desde octubre del 2012 que el señor Ferrero hizo la denuncia en carácter de querellante también que luego fue admitido, recién en 2016 logramos la citación a juicio. El resto del tiempo que transcurrió ha sido con los sucesivos planteos de recursos, de parte de la defensa de Costa y de Bocco, que en su momento era el otro ex secretario de Ambiente involucrado, por haber autorizado El Dorado 3 o el Gran Dorado, y que durante el transcurso de todo este expediente ha fallecido. Entonces esa acción penal caducó contra él”.
Vale recordar que esta denuncia a Costa fue realizada hace aproximadamente once años atrás. “Se la encuadró en abuso de autoridad, que es cuando se dictan resoluciones contrariando leyes vigentes o la Constitución Nacional. Y bueno habrá por supuesto cuestiones legales básicamente que lo que el objeto es muy técnico de la discusión” añadió la entrevistada.
El camino recorrido
“Y queda subsistente esta de Costa, que en realidad también lo interesante que se le imputa el abuso de autoridad no solo por haber autorizado en área de reserva del Valle del Cóndor, y zona del bosque nativo protegido, sino a su vez por no haber respetado la participación ciudadana. Al no haber hecho ninguna instancia de Audiencia Pública, y no haber exigido un Estudio de Impacto Ambiental y haber simplemente aprobado sobre la base de un aviso de proyecto. No nos olvidemos que siempre se movió así la Provincia, hasta que la gran presión social, sumado a denuncias y precedentes como este, bueno se empezó a trabajar a modificar la ley entre comillas. Pero la ley nacional es de presupuesto mínimo, o sea que en Córdoba debían realizarse las Audiencias Públicas aún no teniendo la Ley 10.208”.
Sobre el trabajo de ADARSA, la entrevistada pronunció: “La verdad que el trabajo de ADARSA es producto de una gran paciencia y esfuerzo de mucha gente inclusive digamos anterior a la intervención de lo poco que uno ha podido aportar, ¿no? Pero hay mucha gente como el señor Ferrero y otros también de otras épocas que frenaron en su momento el Dique de Cuesta Blanca, que iba a provocar un impacto totalmente negativo en la cuenca, y sucesivas presentaciones, que uno a veces dice, bueno, ¿esto para que sirve?”.
“Recién después de siete años de un amparo por mora, con un oficio a la Secretaría de la Gobernación para que nos contesten la información pública, ahí accedimos al Estudio de Impacto de El Dorado 2. O sea imaginate la cero transparencia que siempre mostró este gobierno y la dificultad para los ciudadanos en acceder a la información pública, que allí digamos radica el poder del ciudadano. Accediendo a la información tenemos las posibilidades más fáciles, sino es muy complicado. Pero bueno esto fue una maraña de muchas acciones” agregó la letrada.
“El 100% de la Audiencia Pública en San Antonio de Arredondo estuvo en contra” recalcó Marcela Fernández, para quién “no se respetan en nada los principios de sustentabilidad en esta la Provincia”. “Se está usando el cargo para contradecir la Constitución y las leyes vigentes. No puede haber loteos en zonas rojas y amarillas, esto es clara la 9.814 y podemos discutir si es constitucional que lo permitan como excepción, que ya sabemos que así hicieron la Autovía. Eso es discutible, hay juristas que han dicho que es inconstitucional, porque la ley nacional no lo prevé lo mismo que las canteras esto no esta previsto. Hay una notificación de la Defensoría del Pueblo de la Nación de hace muchos años haciendo ver que Córdoba tiene muchas inconstitucionalidades en su ley de bosques, pero bueno más allá de todas esas falencias no se deben autorizar y en la duda no se deben autorizar, por el principio pro natura. Por lo tanto si un fiscal tiene voluntad lo debe investigar porque es su función y bueno castigar a los funcionarios que son corruptos” concluyó la abogada su conversación en Panorama.