PANORAMA

Autovía: confirman el procesamiento a defensores ambientales

Un reciente fallo emitido por la Cámara Criminal y Correccional de Villa Dolores el 18 de diciembre de 2024, confirmó el procesamiento de seis defensores ambientales acusados de amenazas y resistencia a la autoridad, en el contexto de un escrache espontáneo al intendente de Cosquín Gabriel Musso, durante las protestas contra la construcción de la Autovía de Punilla.

El procesamiento a los defensores ambientales fue confirmado por la cámara que decidió mantener la acusación formulada por la Fiscalía de Cosquín, que sostiene que los imputados habrían incurrido en el delito de amenazas (art. 149 bis del Código Penal) y resistencia a la autoridad durante una protesta social que tuvo lugar el 13 de agosto de 2022​.

En el análisis que hace la Cámara del material probatorio. Según la resolución, se considera que los gestos y expresiones verbales proferidos durante la protesta eran suficientemente intimidatorios como para constituir una amenaza. El fallo también resalta que la protesta, aunque motivada por la oposición a la Autovía de Punilla, no justifica el comportamiento violento e intimidante hacia funcionarios públicos y personas presentes. Se hace hincapié en que el derecho a la protesta no incluye la posibilidad de cometer delitos o de causar intimidación grave a otras personas​.

La Cámara reconoce la importancia de la libertad de expresión y el derecho a manifestarse, pero subraya que estos derechos no son absolutos y deben respetar los derechos de terceros y las normas de convivencia. El fallo menciona específicamente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que permite imponer límites razonables a las protestas cuando se afecta el orden público o los derechos de otras personas​​.

Los defensores argumentaron que las acciones de los imputados deben ser entendidas en el marco de una protesta legítima contra un proyecto de infraestructura que afecta el ambiente y el territorio de comunidades indígenas. Sin embargo, la Cámara desestimó este argumento, considerando que aunque el contexto es relevante, no exime a los imputados de las consecuencias de sus acciones. Según el fallo, la conducta de los manifestantes excedió los límites de una protesta pacífica​.

Otro aspecto controvertido del fallo es la negativa a incluir ciertas pruebas propuestas por la defensa, como testimonios de descargo que, según los abogados de los imputados, habrían aportado una visión distinta de los hechos. La Cámara respaldó la decisión de la Fiscalía de rechazar estas pruebas, argumentando que no afectaban el curso del proceso ni el derecho a la defensa. Esta decisión fue uno de los principales agravios presentados por los abogados, quienes denunciaron una falta de imparcialidad en el tratamiento del caso​​.

Con este fallo, la Cámara confirma la elevación a juicio de los defensores ambientales procesados, lo que implica que deberán enfrentar el proceso judicial en la Cámara del Crimen de Cruz del Eje. Esta decisión ha sido recibida con duras críticas por parte de organizaciones sociales y ambientales, que ven en este fallo un intento de criminalizar la protesta social y silenciar la oposición al proyecto de la autovía​.


La tensión entre los defensores ambientales y el gobierno de Córdoba crece, cuando se establece que las acciones llevadas a cabo durante la protesta excedieron los límites de la libertad de expresión y constituyen delitos penales. Sin embargo, la falta de imparcialidad en la investigación y la desestimación de pruebas claves indican que este proceso seguirá siendo objeto de debate, no solo en los tribunales, sino también en la arena pública.